INVALIDA SCJN PERMISOS PARA EXPLOTAR YUM BALAM-HOLBOX

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  • Con base en el artículo 27 de la Constitución y la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la SCJN determinó que es facultad exclusiva de la Federación el regular y administrar las áreas naturales protegidas

Ciudad de México, 30 de septiembre.- Sólo la Federación tiene autoridad sobre el Área Natural Protegida de Yum Balam-Holbox, por lo que son inválidos los permisos y autorizaciones que el municipio de Lázaro Cárdenas, Quintana Roo, ha dado para explotar esta zona.

Así lo decidió por unanimidad la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver una controversia constitucional que impugnaba el programa de manejo que el gobierno federal aprobó para esta zona, y que según el ayuntamiento quejoso, invadía sus facultades.

Con base en el artículo 27 de la Constitución y la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la SCJN determinó que es facultad exclusiva de la Federación el regular y administrar las áreas naturales protegidas.

El fallo aprobado señala que el Estado pude limitar el uso de una propiedad privada, en razón del interés nacional: “atendiendo a los artículos 4, 25 y 27 constitucionales, estableció que el desarrollo nacional habrá de considerar, no sólo a la función social, sino también a la función ecológica de la propiedad conforme a la cual existe un deber de mantener las funciones ecológicas esenciales asociadas a los recursos naturales y a abstenerse de realizar actividades que puedan perjudicar tales funciones”.

Se protege la biodiversidad

La sentencia también alude a los compromisos que en materia de protección ambiental ha suscrito nuestro país con Naciones Unidas, así como diversas convenciones internacionales que definen “que el área de Yum Balam-Holbox es un sitio de conservación de la biodiversidad reconocido a escala nacional e internacional”. (La Jornada)

 

AGC

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